Desde estudios universitarios oficiales extranjeros

Del 12 de enero al 6 de marzo de 2026

Una

  • Los alumnos procedentes de sistemas universitarios extranjeros deberán obtener previamente el reconocimiento de un mínimo de 30 créditos ECTS para poder solicitar el traslado de expediente.

        ABONO DE LA TASA:

  • Junto a la solicitud y el resto de documentación para valorar su petición de admisión, deberá aportar el documento que acredite el abono de los precios públicos en concepto de admisión y revisión de su solicitud. 
  • Deberá realizar el abono en la cuenta: ES13 2100 4224 3113 0063 2217 , indicando en el concepto APELLIDO1_APELLIDO_2_ADM_REVISION_TRASLADOS_26_27.
  • Las solicitudes se realizarán a través de la sede electrónica, para lo que es necesario un certificado digital válido y reconocido por @firma en España o cuenta temporal de acceso a la sede electrónica UGR. Se puede solicitar una cuenta temporal enviando un email a eadmin@ugr.es adjuntando la documentación identificativa (DNI, pasaporte, …).

  • OBLIGATORIO PRESENTAR:

    • Certificado académico personal (debe aparecer la nota media de los estudios)

    • Documento "Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros" que puede obtener en el siguiente enlace.
    • Certificación del órgano competente del país de origen en el que se acredite que los estudios son de rango universitario.
    • Plan de estudios de la titulación de origen.
    • Programas de las asignaturas superadas. 
    • Declaración responsable de la persona solicitante de que no ha obtenido la homologación de su título universitario en España, bien por no haber solicitado dicha homologación o por haberle sido denegada. La citada declaración deberá efectuarse (sólo en el caso de que se haya finalizado la totalidad de los estudios exigidos para la obtención del título extranjero de que se trate) con arreglo al siguiente modelo
  • Toda la documentación se presentará traducida oficialmente al español. Excepto para los títulos y certificados obtenidos en los países del Espacio Europeo de Educación Superior, estos estarán debidamente legalizados por vía diplomática o, en el supuesto de países signatarios del convenio de la Haya, con la correspondiente apostilla.